Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor del penado ÁNGEL JESÚS ROJAS TOUSSAINT, Venezolano, soltero, mayor de edad, de 32 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 12.291.550, en fecha 31-12-1974, de oficio Chofer y estudiante, residenciado en el Muco, Urbanización El Rosario, calle Sucre, Casa N° 04, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, fue CONDENADO a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia; en perjuicio de la ciudadana Mariela Josefina Prieto Echenique; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal: