Por el razonamiento anteriormente expuesto este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA EXTENSION SANTA BARBARA DEL ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la Solicitud de Desestimación de la denuncia interpuesta por el ciudadano NESTOR RAMON RODRIGUEZ RUBIO, titular de la cedula de identidad No.-3.297.080, de conformidad con lo establecido en el Articulo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, previa solicitud del Ministerio Público. Regístrese, Notifíquese.
El Juez de Control
Abg. Yortman Villasmil González
La Secretaria
Abg. Lixaida Maria Fernández Fernández
En la misma fecha y conforme a lo ordenado se registra la presente decisión y se oficia bajo el Nº 0975-09 y se oficio bajo el Nº 3.304-09.-
La Secretaria
Abg. Lixaida Maria Fernández Fernández