Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara: PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos de la Providencia Administrativa Nº 01041, dictada en el expediente Nº 078-2013-01-00532, por la INSPECTORIA DEL TRABAJO SEDE "PEDRO PASCUAL ABARCA", que declaró con lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos, intentada por la ciudadano IRLENS HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.641.013.