DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Lina Elena Dupuy Rodríguez, en su condición de Defensora Privada de los ciudadanos MERKIS COLMENAREZ PEREIRA, EVERLYN JOSEFINA MOSQUERA CASTILLO, JERSON ALEJANDRO PEROZO SILVA Y LUIS MIGUEL QUINTERO QUIROZ, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 03 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 23/07/2015 y Fundamentada en fecha 10/08/2015, mediante el cual condenó a los acusados MERKIS COLMENAREZ PEREIRA, EVERLYN JOSEFINA MOSQUERA CASTILLO, JERSON ALEJANDRO PEROZO SILVA Y LUIS MIGUEL QUINTERO QUIROZ, a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, por considerarlos culpables de la comisión del delito de EXTORSIÓN, pre.....