DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada la abogada DEISY MENDOZA, defensora de JUAN ENCINOSO FERNANDEZ, MENDOZA TRINO ALEXANDER, FLOR CECILIA FRANCO MEDRANO y ELEONORA FABIOLA PORTILLO, contra la decisión dictada en fecha 01 de Octubre de 2005, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello.