Por las razones antes expuestas, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos FLOR ZORAIDA MENDOZA GONZALES y CARLOS JOSE RAMOS INFANTE, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de Miami, Estados Unidos de Norte América y de las cédulas de identidad N° V-6.369.690 y V-6.852.961 respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha trece (13) de noviembre de 1984, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador, del Distrito Capital, asentada bajo el acta Nº 247, folio 247, del Libro de Registro Civil de Matrimonios del año 1984, llevados por ante esa oficina. En cuanto a la adolescente (Se omite su.....