este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la demanda de divorcio intentada por la parte actora ciudadano JOSE CARLOS FREITAS OLIVEIRA, contra la parte demanda ciudadana FERNANDA MARIA TEIXEIRA VIEIRA, con base a la causal tercera del artículo 185 del Código Civil. Sin embargo en ejercicio del poder discrecional que posee el juez y acogiendo el criterio jurisprudencial emanado del Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social mediante sentencia de fecha 26 de julio de 2001, con ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, y de sentencias de la Corte de Apelaciones No. 1 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de fechas 14 de marzo de 2006 y 06 noviembre de 2006, SE DECLARA disuelto por Divorcio solución el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos JOSE CARLOS FREITAS OLIVEIRA y FERNANDA MARIA TEIXEIRA VIEIRA