DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena que el adolescente DATOS OMITIDOS cumpla las sanciones de Imposición de Reglas de Conducta por el Lapso de un (01) año, Libertad Asistida y Servicios a la Comunidad, estas últimas por el Lapso de seis (06) meses, por la comisión de los delitos de Porte Ilícito de Arma de Fuego y Graves e Injustas Amenazas, previstos en los artículos 277 y 175 del Código Penal. Fíjese para el día 15 de Enero de 2009 a las 10:30 am, la audiencia para la imposición de la presente decisión, con la indicación a los notificados que tendrán derecho en la misma, a efectuar las observaciones que a bien tengan. Líbrense las respectivas notificaciones