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Decisiones del dia 24/10/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-L-2010-000968 N° Sentencia : Fecha: 24/10/2012
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
RAMÓN ERNESTO MORENO VS. PROTECCIÓN, SEGURIDAD, VIGILANCIA PRIVADA, C.A.
Resumen:
Este Juzgador, luego de la revisión exhaustiva del expediente, se verificó que del folio 9 al 43 de la segunda pieza corren insertas unas documentales promovidas por la parte demandada, pero que fueron agregadas junto con las documentales del actor; además, se observa que las mismas no llevan el orden establecido en el escrito de promoción de pruebas, lo que dificulta a éste Juzgador y las partes su análisis para el desarrollo del juicio, ya que como comentó la accionada en la audiencia, dicho desorden procesal alteró los elementos y esencia de las mismas. Por consiguiente, en aras de preservar el debido proceso y el derecho a la defensa de ambas partes, se ordena la reposición la presente causa al estado que el Juez Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial organice las pruebas, en especial de la parte demandada y las agregue conforme al orden establecido en el escrito de promoción de pruebas.
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : KP02-L-2010-001577 N° Sentencia : Fecha: 24/10/2012
Procedimiento:
Enfermedad Ocupacional
Partes:
WILLIANS ORLANDO TORRES HERRERA VS. AZUCARERA RIO TURBIO C.A.
Resumen:
Así las cosas, se observa del presente juicio, que en fecha 03 de febrero de 2012, se advirtió al actor de la necesidad de consignar el porcentaje de discapacidad necesario para la continuación del presente juicio; que vista la falta de tramitación del mismo se declaró la prejudicialidad en fecha 13 de febrero de 2012; estando la causa suspendida por más de un año, superando con creces los sesenta (60) días continuos señalados por la alzada para la consignación del mismo so pena de ser aplicadas las consecuencias legales. Siendo el porcentaje de discapacidad, necesario para determinar y cuantificar las posibles indemnizaciones pretendidas en el presente juicio (artículos 80 y 130 de la LOPCYMAT), y vista la falta de interés del actor en la tramitación y consignación del mismo, se declara terminado el procedimiento, decisión de carácter formal que no produce cosa juzgada material. Así establece.
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : KP02-L-2011-001851 N° Sentencia : Fecha: 24/10/2012
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
LUÍS EDUARDO D´BRUZOS PERDOMO VS. FERRETERÍA ARCI, C.A.
Resumen:
La parte demandante alega supuestos de impugnación que no están previstos en la Ley, ya que para sustituir no requiere facultad expresa, como lo establece el Artículo 159 del Código de Procedimiento Civil; la mención de que el apoderado "no quisiere o no pudiere seguir ejerciéndolo", no son requisitos taxativos. El mandato judicial es un contrato civil, en que predomina la voluntad de las partes, comenzando que la del poderdante, como indica el Artículo 160 eiusdem. Tampoco está prohibido reservarse el ejercicio, una vez más, debe tomarse como referencia la voluntad de quien confirió el poder original y si éste limita tal posibilidad, obviamente, una sustitución en tales contrariando la voluntad del poderdante, viciaría el acto, a tenor de lo previsto en el Artículo 160 del Código de Procedimiento Civil, que no es el caso de éste juicio. Finalmente, el apoderado de la demandada a todo evento consigna nuevo poder conferido directamente por la sociedad mercantil accionada a los fin.....
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
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