DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta SALA Nº DOS (2) DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el abogado ALEJANDRO JOSÉ SÁNCHEZ VOLCANES, Defensor Público Noveno (9º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, procediendo en su carácter de defensor del ciudadano VALDEZ OBANDO JOSE EDUARDO, contra la decisión dictada en fecha 07-09-2013, por el Juzgado Quincuagésimo Segundo (52º) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, al momento de la realización de la audiencia para oír al imputado, mediante la cual decretó la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad para su representado, conforme a las previsiones de los artículos 236 numerales 1, 2 y 3; 237 numerales 2 y 3; y 2.....