En síntesis, este juzgador estima que el Juez inhibido emitió pronunciamiento en el juicio por acción de defensa de zonificación in comento, lo que de suyo hace que deba apartarse al Dr. CÉSAR LUIS GONZÁLEZ PRATO de conocer y decidir nuevamente dicho juicio, y en consecuencia debe prosperar en derecho la inhibición planteada, y así se dispondrá de manera expresa, positiva y precisa en la sección dispositiva de este fallo judicial. ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
III
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada el día 5 de octubre de 2016, por el Dr. CÉSAR LUIS GONZÁLEZ PRATO en su condición de Juez del Tribunal Décimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circu.....