Vistas las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEXTO (6°) SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 09 de julio de 2024, por la abogada Diurkin Bolívar, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 12 de julio de 2024, dictada por el Juzgado Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada; TERCERO: Se declara CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ, contra la entidad de trabajo LA DIVINA PASTORA, C.A, partes plenamente identificadas en autos; y CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley Orgánica Pro.....