este Juzgado Segundo de Ejecución del Segundo Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Cumplido como se encuentran los requisitos exigidos en los artículos 2 y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, REDIME al penado ORLANDO JOSE MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.407.294 a CUATRO (04) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS tiempo este que es Redimido en este acto al penado.