Por los argumentos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley Declara: 1) SIN LUGAR: la tercería propuesta por el Ciudadano JOSE ASUNCIÓN ANTUNEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 147.283, domiciliado en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, contra la parte actora y la parte demandada en el presente causa y 2) CON LUGAR: la demanda propuesta por el ciudadano VICTOR MANUEL FIGUEROA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.463.421, domiciliado en esta Ciudad y Municipio Autónomo de Maracaibo, del Estado Zulia., contra el ciudadano JORGE LUIS ZAMBRANO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.835.339, y de este domicilio y Municipio Autónomo de Maracaibo del Estado Zulia., por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, En consecuencia .....