DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por el ciudadano JESÚS YEPES, Defensor Público Quinto (5°) Penal Ordinario, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, actuando con el carácter de Defensor del ciudadano TONY WILLY NÚÑEZ MEDINA. SEGUNDO: ANULA la Decisión N° 838-11, dictada en fecha 18-10-2011, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los artículos 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto se infringió lo establecido en el artículo 44 numeral 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. TERCERO: ACUERDA LA LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano TONY WILLY NÚÑEZ MEDINA.....