En fecha 24 de noviembre de 2016, este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual se pronunció en relación a la admisibilidad de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por la abogada Malfi del Carmen Antenucci Chirinos, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad de Comercio Centro Médico Quirúrgico Alma Auxiliadora C.A. contra el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).