PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO incoada por el ciudadano RAFFAELE LOSETO CASANO en contra de la ciudadana EDITH ALBORNZO DE VILLARROEL, razón por la cual se considera resuelto el contrato suscrito por ambas partes en fecha treinta y uno (31) de agosto de dos mil seis. Asimismo se condena a la parte demandada reconviniente a:
• Como consecuencia y derivado de la resolución del contrato, se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora el inmueble totalmente desalojado y en el mismo buen estado en que lo recibió al momento de firmar el contrato.
• A cancelar por concepto de daños y perjuicios la cantidad de SEIS MILLONES DE BOLIVARES (Bs.6.000.000), cantidad equivalente a los meses de enero y febrero de dos mil siete (2007); todo ello conforme a la cláusula tercera del prenombrado acuerdo.
• A cancelar la cantidad de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000), por concepto de la suma obligada a cancelar hasta el treinta (30) de oc.....