Revisado el escrito contentivo de la Acusación presentado por la Representante del Ministerio Público y expuesto en la audiencia por la GLENDIS GARCIA, quien aquí decide considera que se encuentran llenos los requisitos formales de la acusación conforme al artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, realizando el control formal y material de la acusación, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en función de Control Nº 9 en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Admite la calificaron la acusación presentada por la Representación Fiscal en contra de los ciudadanos OSCAR PAUL HURTADO BUSTILLOS, Venezolano, natural del Valencia estado Carabobo, titular de la cedula de identidad No V.- 7.061.891, fecha de nacimiento: 13-06-1963, de 59 años de edad, de estado civil soltero, Profesión Funcionario Policial Activo, residenciado en Urb.....