este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR lo solicitado por la fiscal del Ministerio Público, y en consecuencia, decreta la Detención Judicial Preventiva de libertad en contra de los adolescentes xxxxxxxxxxxx por los delitos de ROBO AGRAVADO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos en los artículos 458 y 218, ambos, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Luis Gregorio Ruiz Velásquez y el Estado Venezolano, respectivamente; a los fines de garantizar su comparecencia a la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese Boleta de detención. De conformidad con el literal "E" del artículo 654 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se insta a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, para que le tome declaración testifical a la v.....