Conforme a la competencia atribuida en el artículo 479 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, deja ACUMULADAS LAS PENAS a las que resultare condenado JESUS ENRIQUE FERNANDEZ MARQUEZ ; quedando así Corregido, actualizado y Reformado los cómputos de penas realizados con anterioridad por este Tribunal, e igualmente queda ACUMULADO el asunto distinguido con la nomenclatura GL11P-2001-000042 al identificado con el Nº GJ11-P-2001-000029,siendo este último el que en lo sucesivo distinguirá la presente causa.