Nosotros JOSÉ MIGUEL COLL TOVAR y FRANCISCO CARRILLO AVELLÁN, en nombre de nuestra representada FONDAEL, aceptamos en todo y cada uno de los puntos la propuesta de pago realizada por los demandados. CUARTO: Finalmente las partes solicitan al Tribunal imparta homologación a la presente transacción. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos: 201 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, 256 y 525 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA, la transacción celebrada entre las partes, con lo cual queda en suspenso la continuidad de la ejecución, razón por la cual no se ordene el archivo del expediente, asimismo se le indica a la parte ejecutada que los pagos a favor de FONDAEL, deberá realizarlos por ante este Tribunal, mediante cheque a favor del mencionado fondo”. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez,
Abg. Elías Heneche Tovar.
La parte demandante.
La parte demandada
La Secretaria,
Abg. Ann.....