Vistas las declaraciones de los Testigos, MIRTA JOSEFINA RODRIGUEZ MERCHAN y JEAN JOSEFINA RODRIGUEZ MERCHAN, mayores de edad, venezolanas, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-3.576.127 y V-3.918.556, domiciliadas en la calle el sol, casa s/n del Municipio Montalbán del Estado Carabobo y siendo suficientes las probanzas evacuadas, éste Tribunal del Municipio Montalbán de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de conformidad con la Resolución emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, Nro. 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009 y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Nro. 39.152, de fecha 02 de Abril de 2.009, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve declarar: Suficiente las diligencia promovidas y evacuadas a fin de otorgar TITULO SUPLETORIO a la ciudadana: EURIPIDES VARELA GRANADILLO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad.....