Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se DECLARO LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA, del ciudadano DAVID GUILLERMO CARRUYO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 156.387, se le designó TUTOR DEFINITIVO a su hija, ciudadana LENIS DEL VALLE CARRUYO ARELLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.641.113. Asimismo se designó como integrantes del Consejo de Tutela a los ciudadanos LUIS DAVID CARRUYO ARELLANO, DAVID CARRUYO ARELLANO, ABRIL DE JESÚS COLMENAREZ CARRUYO y ORLANDO JOSÉ CARRUYO ARELLANO, de conformidad con el artículo 324 del Código Civil. Quedó así CONFIRMADA la sentencia dictada en fecha 27 de septiembre de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara.