DISPOSITIVA
		Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo en Función de Juicio del Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: NIEGA EL CESE DE LA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL que pesa sobre el ciudadano JOSE MARCIAL VILLARROEL MARTINEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-14.311.277. Y ASÍ SE DECIDE EXPRESAMENTE.
	Regístrese, Diarícese, notifíquese lo conducente a las partes, a los fines legales consiguientes. CÚMPLASE.-
LA JUEZ 
DRA. MARILDA RIOS HERNANDEZ
										
                                                                            
                                                                LA SECRETARIA
							         ABG.  IRAIS JIMENEZ.
		En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado por este Juzgado.
								   LA SECRETARIA
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