en consecuencia HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO realizado por los ciudadanos NOLBERTO RAMOS ACOSTA BOHORQUEZ Y BEATRIZ DEL CONSUELO AMAYA PADILLA, en relación a la comunidad conyugal, en los términos y condiciones establecidos: 1) Se adjudica en un ciento por ciento (100%), a la ciudadana BEATRIZ DEL CONSUELO AMAYA PADILLA el siguiente bien mueble Vehículo: Clase Automóvil, Tipo Sedan, Marca Kia, Modelo Rio, Año 2003, Color Gris, Placa VBS-63J, Uso Particular, el cual tiene un valor de TREINTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 30.000.000,00), que les pertenece según se evidencia de Certificado de Registro de Vehículo No. KNAKC223336201016, de fecha 26/1/2003; 2) Se le adjudica al ciudadano NOLBERTO RAMON ACOSTA BOHORQUEZ, el cien por ciento (100%) de los siguientes bienes muebles: Vehículo Clase Camioneta, Tipo Pick-up, Marca Ford, Modelo SUPERCAB, Año 2004, Color Azul, Placa 26RLAE, Uso Carga, la cual tiene un valor de CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 50.000.000,00) que les pertenece seg.....