En virtud de los razonamientos antes expuestos esta Sala Nº 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley,
DECLARA SIN LUGAR LA APELACION Y ASI CONFIRMA LA SENTENCIA EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES, publicada el 22-4-08, por el Juzgado 6º de Juicio de este Circuito, mediante la cual CONDENÓ al recurrente Roger Torres Arellano, a 1 año de prisión por la comisión del delito de aprovechamiento de cosas provenientes del delito, previsto en el Artículo 472 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos y...
"...la incautación de los certificados provisionales de Deuda Pública Nacional 495 y 496 Serie G, tercera emisión, por un valor de tres millones de dólares (US$ 3.000.000) cada uno, emitidos conforme Decreto Nro. 1826, del 12-11-1987, en base a la Ley del 28-12-1985, con fecha de emisión 13-11-1987, con fecha de colocación 20-11-1987, con fecha de vencim.....