Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara PERECIDO el recuso de apelación intentado por la apoderada judicial Virginia Bradley, en contra de la decisión de fecha 02 de octubre de 2008, dictada por la Juez Unipersonal Nº 03 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del estado Lara. En consecuencia, se confirma dicho fallo.