DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Verificado el Escrito Acusatorio y por cuanto reúne los requisitos en sus seis numerales establecidos en el Artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, Se Admite totalmente la Acusación Fiscal presentada en contra de los ciudadanos Jesús Alberto Vargas Gutiérrez, C.I.V-Nº 18.997.312 y Yurkis Coromoto Bastidas Graterol, C.I.V-Nº 18.224.933, por los Delitos de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Artículo 149 Segundo Aparte de la Ley Orgánica de Droga, Ocultamiento de Arma de Fuego y Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en los Artículos 277 y 248 del Código Penal Vigente; SEGUNDO: Se Admiten las pruebas ofrecidas por el Ministerio Públ.....