, este Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, y en consecuencia, declara conforme a los autos a las ciudadanas: AURA JOSEFINA COLMENARES DE ALVARADO, HILAURA JOSEFINA ALVARADO COLMENARES y ROSA ELENA ALVARADO COLMENARES, antes identificadas, como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, del de Cujus HILARIO ALVARADO, quien falleció ab-intestato, el día 08 de Febrero de 2010, según Acta N° 46, Tomo: I, Folio N° 46, Año 2010, de fecha 25 de Febrero de 2010, emanada de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Tinaquillo del Municipio Falcón del Estado Cojedes. Y Así se decide.