En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por YENNY MARIANNY YAJURE DE RIERA, MINERVINA DEL ROSARIO SANCHEZ y GLENDA MERCEDES BRITO SANCHEZ titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 7.414.904, V-5.933.125 y V-7.442.985 respectivamente de este domicilio, en contra de la demandada: Firma Mercantil ENMANUEL CORPORACIÒN C.A.,Y Así se establece.