Por todos los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO.- Declara la Sustitución de la Medida de Arresto domiciliario contenida en el ordinal Primero del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por la Medida contenida en el ordinal 3° del COPP, la Presentación cada Quince (15) dias ante la URDD de este Circuito Judicial Penal al Acusado de autos LUIS ENRIQUE PACHECO JIMENEZ, quien es venezolano, de 25 años de edad, portador de la Cédula de Identidad No. 15.886.713, residenciado en Santa Inés de Moroturo el Palmar de Cucharito Municipio Urdaneta del Estado Lara. SEGUNDO.- Con fecha 11 de Abril de 2006, se ordenó oficiar al Comandante General de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, informándole la decisión dictada CUMPLASE. Regístrese la decisión dic.....