INADMISIBLE de conformidad con el numeral 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de amparo interpuesta por el abogado GUSTAVO TELLEZ CARDENAS, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS RAFAEL ALGARRA RAMIREZ, contra la decisión de fecha 29 de noviembre de 2006 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, la cual queda revocada.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencias de este Tribunal.