Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: NORWIN ARMANDO TORRES BERMÚDEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 22.833.332, natural de San Félix Estado Bolívar, Estado Sucre, de 20 años de edad, nacido en fecha 20-11-1991, soltero, desempleado ya que me vine desde Diciembre de San Félix, residenciado en Sector el Palmare, Invasión 24 de Julio, Calle Principal, Casa S/n, cerca de la Bodega de Deisy Yaguaraparo Municipio Cajigal del Estado Sucre; y en Kilómetro 17, Vía el Pao, Ultima Calle, Casa S/n, cerca de la Iglesia Evangélica, San Félix Estado Bolívar, por estar presuntamente incurso en los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º, en relación con el artículo 458, to.....