PRIMERO: Se declara con lugar la pretensión de nulidad de la Providencia Administrativa N° 129 de fecha 26 de febrero de 2015, emanada de la Inspectoría del Trabajo "Pedro Pascual Abarca" del estado Lara, que declaró sin lugar las excepciones opuestas por la sociedad mercantil FASIL, C.A. en el expediente N° 078-2014-04-00006.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza jurídica de la demandada.
TERCERO: Notifíquese a la Procuraduría General de la República de la presente decisión, de conformidad con el artículo 86 del Decreto Ley que rige su funcionamiento.