este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con competencia en los estados Cojedes y Yaracuy, actuando con la competencia que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.-IMPROCEDENTE la pretensión de medida cautelar interpuesta por el ciudadano DEIRYS ARNOLDO PERAZA SALCEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.709.139, debidamente asistido por los abogados EDGAR JOSÉ DÁVILA YÁNEZ y MARY ISABEL SANTIAGO GONZÁLEZ, inscritos en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nº 174.683 y 177.447, respectivamente, contra el Acto de Decisión Nº CDEC-134-A-2022, de fecha 27 de octubre de 2022, emitido por el CONSEJO DISCIPLINARIO DEL ESTADO CARABOBO.