D I S P O S I T I V A
Por las razones antes señaladas, este Tribunal en funciones de Control N° 1, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA ENTREGA DEL VEHICULO: marca: Chevrolet, modelo: Esteem, tipo: sedan, color: Blanco, año 1998, placas AAS05Z, serial motor 613B265044, serial de carrocería GC61S185033, en calidad de DEPOSITO, al ciudadano Zambrano Jiménez Javier, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 81.468.090, condicionada dicha entrega de la siguiente manera: Primero: Se entrega en calidad de Deposito. Segundo: No puede el depositario efectuar ningún acto de comercio con el referido bien mueble y deberá presentarlo por ante este Tribunal cada vez que sea requerido. Tercero: No podrá hacerle ninguna transformación y será responsable de los daños ocasionados a terceros, todo de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico procesal P.....