este Tribunal en un  veinte por ciento (20%),  que  asciende  a  la  cantidad de  ciento cuarenta y un  mil seiscientos noventa y nueve bolívares con ochenta céntimos (Bs.141.699,99), conforme a los establecido al artículo 648 del Código de Procedimiento Civil, o en su defecto formulen oposición al procedimiento de intimación, advirtiéndoseles que si  no pagan o formulan oposición al presente decreto intimatorio, se procederá  a la ejecución forzosa de dicho decreto, tal como lo dispone el artículo 647 ejusdem. A los fines de las intimaciones ordenadas, se acuerda compulsar el libelo, el presente auto con su respectiva orden de comparecencia,  tantas veces como demandados haya, tal como lo señala el artículo 649 del Código Adjetivo.-  A los fines de la práctica de las intimaciones ordenadas, este Juzgado comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; a quien se le ordena librar oficio y despacho de comisión. En cuanto a la m.....