- III -
Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Homologada la presente Transacción, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por DESALOJO , intentó Empresa Mercantil INVERSIONES CENTRAL MADEIRENSE COMPAÑÍA ANÓNIMA (INCEMACA), representada en el presente juicio por los abogados CORA FARIAS ALTUVE, CÉSAR PÉREZ GUEVARA y MILITZA CUERVO, contra la Sociedad Mercantil AUTOMECANICA BONZEK 87, C.A, de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Quinto del Distrito Capital el 12 de junio de 2014, bajo el N° 10, Tomo 94-A, R.I.F. J-404542000,debidamente representada en este acto por su apoderado, ciudadano CARLOS JULIO BONNET ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, .....