V
DISPOSITIVA
En mérito a los razonamientos precedentemente expuestos esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR EL RECURSO signado bajo el Nº DR-2023-68097, interpuesto por los ABG. RAYGLINT EDUARDO MORA ARENAS, ABG. RITA VERONICA AVILA HEZ y ABG. GRECIA DANIELA GUTIÉRREZ GUZMÁN, en su condición de Fiscal Auxiliar Interino N° 46 Nacional Plena Encargado y Fiscales Auxiliares respectivamente de la Fiscalía Vigésimo Novena (29°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con Competencia en Materia Contra Las Drogas, en contra de la decisión dictada en fecha 22 de Febrero del 2023, emitida por el Tribunal Primero 1º de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, mediante la cual Decidió l.....