Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide RATIFICAR la medida cautelar en los términos expuestos por este Tribunal mediante decisión de fecha 14 de marzo de 2007. En consecuencia, se mantiene hasta sentencia definitiva la orden impartida a la ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS por la presunta violación del derecho al salario del funcionario, observación hecha por el Tribunal desprendida del escrito libelar, quien fue destituido del cargo y retirado de nómina estando de reposo médico, con lo que se hace presumir una lesión al derecho a la seguridad social, y en consecuencia al derecho al salario consagrado en el artículo 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud de encontrarse incapacitado temporalmente, lo que hace que la administración no p.....