III
DECISION
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo del Municipio Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia, en la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, presentada por la ciudadana Rosa Isela Mogollón Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.098.574, y de este domicilio.
Notifíquese a la parte solicitante de la presente decisión mediante boleta.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho de este Tribunal, a los veinticinco (25) días del mes de junio de 2008, siendo las 10:00 de la mañana. Año 198° de la Independencia y 149° de la Federación. Publíquese, regístrese y anótese en los libros respectivos. Déjese copia en .....