PRIMERO: SIN LUGAR la apelación intentada por la representación judicial de la parte demandada GUZMAN RODRIGUEZ MARTIN ARSENIO, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Caracas, de fecha 20 de octubre de 2003.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 20 de Octubre de 2003, y en consecuencia se declara resuelto el presente contrato de arrendamiento.
TERCERO: Se declara SIN LUGAR, la pretensión del actor, sobre el pago de la cantidad de ONCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS VEINTITRES BOLIVARES CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 11.426.623,93) o lo que es igual a la cantidad de ONCE MIL CUTROCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES FUERTES CON SESENTA Y DOS CENTIMOS (BF.11.426,62), por concepto de supue.....