Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INCOMPETENTE a esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, para conocer nuevamente de la inhibición planteada en fecha lunes veinticinco (25) de Mayo de 2009, por parte del Abogado ALBERTO GONZÁLEZ VILLALOBOS, en su condición de Juez Décimo de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual se inhibe nuevamente del conocimiento de la causa 10M-233-09, seguida contra los acusados CARLOS DUQUE, LEONEL YANEZ, LARRY COLINA, FRANKLIN VERA, a quienes se les sigue asunto por la comisión del delito de HOMICIDIO, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos ANGEL BRAVO y RIDER MAVAREZ, de conformidad con el numeral 4 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se ORDEN.....