Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal 10° de Control Estadal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR LA FISCALÍA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO, en contra de la ciudadana YANALETH YASMIN ADAN ALDAZORO, Cédula de Identidad Nº V-13.181.158, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES GENERICAS previsto en el articulo 413 del Código Penal. SEGUNDO: Se admite las pruebas ofrecidas tanto por la Fiscalía del Ministerio Público, por considerarse ser legales, licitas, pertinentes y necesarias. TERCERO: ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al ciudadano CARLOS ALBERTO CAMPOS, titular de la Cedula de Identidad: V-13.746.896, por el lapso de OCHO (8) MESES, en el cual el imputado queda sujeto a las siguientes condiciones de conformidad con el art. 44 ejusdem: 1.- Residir en un lugar determinado; 2.- Realizar 4 trabajo co.....