AUTO DE INHIBICIÓN
Siendo las diez horas de la mañana del día de hoy, veinticinco de junio del año dos mil quince (25-06-2015) se hizo presente ante la secretaria el Juez (P) del Juicio con competencia en el juzgamiento de delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, ARQUIMEDES RAMON MONZON HERNANDEZ, quien en tal condición expuso: "Me INHIBO de conocer de la presente causa LP02-S-2014-003423, que se le sigue al ciudadano ENDER JOSE BARRIOS VIVAS por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, VIOLENCIA FISICA AMENAZA, Y VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado los artículos 39,42,41 y 43 encabezamiento y segundo aparte respectivamente de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujeres a Una Vida libre de Violencia, en virtud de haber emitido opinión al haber celebrado la audiencia preliminar en fecha 04-02-2015, por tanto, estima este juzgador que la presente inhibición es obligatoria, pues considero que tal situaci.....