INADMISIBLE la demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, presentada por la Sociedad Mercantil DESARROLLOS SAN ANTONIO, DESANCA, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo en fecha veintiséis (26) de mayo de 1993, bajo el N° 6, Tomo 16-A, representado por su presidente, ciudadano ENRIQUE ALFREDO ESTEVES DÍAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.244.267, asistido por el abogado CARLOS M. GARRIDO M., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 78.418, contra el ciudadano EDGAR ALEXANDER CASTRO PIÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.065.847, domiciliado en el Sector El Triangulo o La Bandera, Av. Zuloaga, municipio Libertador del Distrito Capital.