DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- Su COMPETENCIA para conocer de la demanda por cobro de bolívares interpuesta por el abogado Carlos Medina Meza, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES OBREROS DEL INSTITUTO AUTÓNOMO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MAIQUETÍA (S.U.T.R.A.O.), contra el INSTITUTO AUTÓNOMO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MAIQUETÍA (I.A.A.I.M.);
2.- INADMISIBLE la demanda interpuesta por falta de agotamiento del antejuicio administrativo, de conformidad con lo previsto en el artículo 19, aparte 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 54 y 60 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y 97 .....