DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del imputado YDANER JOSÉ RODRÍGUEZ GARCÍA, venezolano, de estado civil soltero, de 32 años de edad, nacido en fecha 06/08/1980, titular de Cédula de Identidad Nº 14.977.434, de profesión u oficio Obrero, hijo de Ana García y José Rodríguez, y domiciliado en calle 8 de enero, casa S/N Tacoa, cerca la bodega de la Señora Arellis, Carúpano, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de Lesiones personales leves previsto y sancionado 416 del Código Penal en concordancia con el articulo 217 de la LOPNNA, en perjuicio del Adolescente "Omisis"; de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, como consecuencia de haberse declarado la Extinción de la Acción Penal, conforme a lo previsto en los artículos 45 y 48, numeral 7, de la misma norma Adjetiva Penal.