En virtud de las consideraciones de hecho y derecho antes expuesta que este Juzgado Cuarto de primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Se Declara: PRIMERO CON LUGAR la acción de amparo interpuesta por el Ciudadano CARLOS ALEXIS CABRERA SEIDEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.731.444, asistido por el abogado EDGAR ANTONIO OVIOL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 94.945, y como consecuencia de este pronunciamiento se le ordena a la ciudadana GIUSY MIDOLO SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.300.320, hacer entrega al ciudadano CARLOS ALEXIS CABRERA SEIDEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.731.444, de las llaves y del inmueble ubicado en la urbanización Parque Residencial la Florida avenida 112-A, casa N° 478 Parroquia Miguel Peña Municipio Valencia del Estado Carabobo. SEGUNDO: Queda excluido de la presen.....