DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata ejecución de la mencionada decisión, de conformidad a lo previsto en el Artículo 646 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia se ordena al adolescente SE OMITE POR RAZONES DE LEY; venezolana, adolescente de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 25.881.506, fecha de nacimiento 12-05-1996, residenciada en la Parroquia Río Acarigua, sector La Isla, calle 07, frente a la granja Flor de Apure, municipio Araure, estado Portuguesa, teléfono 0414-5418314 y 0426-8541279, antes identificado, a cumplir la sanción de:
- AMONESTACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 623 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cuyos p.....